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EIRL o SRL: cuál le conviene a su empresa en RD

EIRL o SRL: la EIRL tiene un solo dueño y la SRL de 2 a 50 socios. Las dos pagan ISR del 27% y cuestan lo mismo en tasas. Cuál elegir.

8 min de lectura

La diferencia de fondo es cuántos dueños tiene la empresa. La EIRL (empresa individual de responsabilidad limitada) pertenece a una sola persona física. La SRL (sociedad de responsabilidad limitada) se forma con dos a cincuenta socios. En las dos el dueño responde solo con lo que aportó, ninguna tiene capital mínimo y las dos pagan el impuesto sobre la renta como persona jurídica, al 27%. Con el mismo capital, constituirlas cuesta lo mismo en tasas oficiales: con RD$500,000, RD$15,505 cada una. Si va a emprender solo y sin socios a la vista, la EIRL encaja. Si hay o habrá socios, la SRL.

Para calcular el costo con su capital, use el calculador de registro mercantil: elige el tipo de empresa, pone el capital y le da cada tasa con la institución que la cobra.

EIRL y SRL, lado a lado

Todo sale de la Ley 479-08 de sociedades comerciales y EIRL, en la versión de la DGII con las modificaciones de la Ley 31-11:

EIRLSRL
DueñosUna persona física. Una empresa no puede constituirla ni comprarla (art. 450)De 2 a 50 socios (arts. 89 y 93)
ResponsabilidadResponde la empresa con su patrimonio, separado del del dueño (arts. 450 y 462)Los socios responden hasta sus aportes (art. 89)
Capital mínimoNo hay; el dueño declara su capital y justifica los aportes en dinero con un depósito bancario (art. 455)No hay desde la Ley 68-19; cuotas de al menos RD$100, pagadas completas al constituirla (arts. 91 y 92)
Cómo se constituyeActo notarial auténtico o documento privado legalizado por notario (art. 452)Estatutos sociales
Quién administraUn gerente persona física, que puede ser el mismo dueño (art. 456)Uno o varios gerentes que nombra la asamblea (art. 102)
CuentasEstados financieros auditados e informe de gestión en los tres meses siguientes al cierre (art. 457)Las reglas generales de la ley
Si entra un socioSe transforma en sociedad (art. 450, párrafo II)Ceder cuotas a un tercero requiere el voto de tres cuartas partes de las cuotas (art. 97)
ISR27%, como persona jurídica27%, como persona jurídica

El capital mínimo de la SRL lo eliminó la Ley 68-19. Ojo si lee la ley en otra copia: la versión original de 2008 todavía muestra el viejo mínimo de RD$100,000.

Impuestos: las dos pagan como empresa

El artículo 15 de la Ley 30-26 reescribe el artículo 297 del Código Tributario. Desde el ejercicio fiscal 2026, las personas jurídicas pagan el 27% de su renta neta gravable, y la ley nombra entre ellas, en el mismo literal, a las sociedades comerciales y a las empresas individuales de responsabilidad limitada. Entre 2026 y 2028, las que tengan ingresos desde RD$1,000 millones pagan el 30%.

En números: con una renta neta gravable de RD$2,000,000 en el año, la EIRL y la SRL pagan lo mismo, RD$540,000. La forma jurídica no cambia la tasa.

La misma ley abre otra puerta para las dos. Su artículo 25 permite acogerse al Régimen Simplificado de Tributación a las EIRL y a las SRL cuyos socios sean todos personas físicas, dentro de los límites de ingresos o de compras que fija la ley y con autorización previa de la DGII. Los límites del régimen: ingresos brutos de hasta RD$30,000,000 al año para quien presta servicios o produce bienes y vende todo a consumidores finales, o compras e importaciones de hasta RD$60,000,000 para quien comercia bienes. Los montos se ajustan cada año por la inflación. Una SRL con una empresa entre sus socios no puede acogerse. Lo que cambia para las personas físicas y la escala de 2027 está en ISR 2027: lo que cambia con la Ley 30-26.

Cuánto cuesta cada una

El tarifario del Registro Mercantil no distingue entre EIRL y SRL: cobra por tramo de capital. Por eso, con el mismo capital, las tasas son idénticas. Con RD$500,000, búsqueda y registro del nombre comercial y tres documentos:

ConceptoEIRLSRL
Búsqueda de nombre comercial (ONAPI)RD$600.00RD$600.00
Registro del nombre comercial (ONAPI)RD$4,755.00RD$4,755.00
Impuesto de constitución, 1% del capital (DGII)RD$5,000.00RD$5,000.00
Registro Mercantil, tramo de RD$100,001 a RD$500,000RD$5,000.00RD$5,000.00
Colegio de Abogados (3 × RD$50)RD$150.00RD$150.00
RNC y registro en la TSSRD$0.00RD$0.00
TotalRD$15,505.00RD$15,505.00

Las tasas salen del tarifario de la Cámara de Comercio de Santo Domingo, vigente desde el 1 de diciembre de 2022, y de la tasa de la ONAPI. La renovación del Registro Mercantil, cada dos años, cuesta RD$3,300 en ese tramo.

Fuera de las tasas hay dos diferencias. La EIRL necesita notario para su acto constitutivo, y ese costo no tiene tarifa oficial publicada. Y el impuesto de constitución se acaba: el artículo 58 de la Ley 30-26 lo deroga a partir de 2027. Con las demás tasas iguales, cualquiera de las dos costaría RD$10,505 con ese capital.

Las dos se pueden tramitar en una sola solicitud por Formalízate, según la guía conjunta de la ONAPI, la Cámara y la DGII.

El costo según el capital

Como la tarifa es la misma, la tabla vale para las dos. Con búsqueda y registro del nombre comercial y tres documentos, hoy y si el impuesto de constitución desaparece en 2027 sin otros cambios:

CapitalTotal hoyTotal sin el impuestoRenovación cada dos años
RD$100,000RD$9,005RD$8,005RD$1,700
RD$500,000RD$15,505RD$10,505RD$3,300
RD$1,000,000RD$23,505RD$13,505RD$4,300
RD$5,000,000RD$70,005RD$20,005RD$9,500

Con RD$100,000 de capital, el impuesto se queda en el mínimo legal de RD$1,000. A partir de ahí crece con el capital: declarar más capital del que la empresa necesita sale caro hasta que el impuesto desaparezca.

La responsabilidad limitada tiene condiciones

La protección del patrimonio personal no es automática en las dos:

  • En la EIRL, el dueño responde con sus bienes si no aportó el capital declarado, si no lleva la contabilidad y los estados del artículo 457 o si retira activos fuera de las formas que permite la ley (artículo 462, párrafo I). Y solo puede retirar utilidades cuando las cuentas anuales muestran ganancias (artículo 457).
  • En la SRL, el nombre debe llevar «Sociedad de Responsabilidad Limitada» o «SRL». Si no, los socios responden solidariamente frente a terceros (artículo 90). La EIRL tiene la misma regla con sus siglas (artículo 454).
  • Los gerentes de la SRL responden frente a la sociedad y frente a terceros por violar la ley o los estatutos y por las faltas de su gestión (artículo 105). Los socios que tengan al menos la vigésima parte del capital pueden demandarlos en nombre de la sociedad. Ser gerente no es un cargo decorativo.
  • En las dos, el RNC y el número del Registro Mercantil tienen que aparecer en las facturas y documentos de la empresa (artículos 90 y 454).

Errores comunes

  • Querer que una empresa sea dueña de una EIRL. La ley lo prohíbe: solo una persona física puede constituirla o comprarla (artículo 450, párrafo I).
  • Abrir una SRL con un solo socio. La SRL se forma con dos o más personas (artículo 89).
  • Usar el nombre sin las siglas. Sin «SRL» o «EIRL» en facturas y documentos, los dueños responden con lo suyo frente a terceros.
  • Sacar dinero de la EIRL como si fuera la cuenta personal. Solo se retiran utilidades cuando las cuentas anuales muestran ganancias.
  • Dejar pasar el mes. El dueño de la EIRL tiene un mes desde el acto constitutivo para depositarlo en el Registro Mercantil (artículo 453).

Cuatro casos

  • Una consultora que trabaja sola y quiere separar su patrimonio del negocio: EIRL. Paga 27% sobre la renta neta de la empresa, y cuenta con el notario y la auditoría anual.
  • Dos socios que abren una distribuidora, cada uno con la mitad: SRL. Con RD$500,000 de capital, RD$15,505 en tasas, y cada socio con 2,500 cuotas de RD$100.
  • Un comerciante que hoy factura a su nombre como persona física: puede seguir así, con un Registro Mercantil de RD$500, pero responde con todo su patrimonio. Pasar a EIRL lo separa.
  • Un negocio familiar que piensa sumar un inversionista en unos años: SRL hoy, y si el inversionista pide acciones de distintas clases, transformarla en SAS más adelante.

Cuál le conviene

  • Va a emprender solo y no espera socios: la EIRL. Mantiene su patrimonio aparte con una sola firma. Cuente con el notario y con la auditoría de los estados financieros.
  • Tiene socios, o piensa tenerlos: la SRL. Agregar o sacar a un socio es una cesión de cuotas, no una transformación.
  • Va a levantar capital de inversionistas o necesita clases de acciones: ninguna de las dos. Vea la sociedad anónima simplificada (SAS).

Sea cual sea, el paso siguiente es el RNC: lea qué es el RNC y cómo consultarlo.

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