La regalía pascual de 2026 se paga a más tardar el 20 de diciembre. Es la duodécima parte del salario ordinario que el trabajador devengó en el año, se paga en proporción al tiempo trabajado, no puede pasar de cinco salarios mínimos y no paga impuesto sobre la renta. La deben recibir todos los empleados, incluidos los que ya salieron de la empresa durante el año. Así lo fijan los artículos 219 a 222 del Código de Trabajo, que la llaman salario de Navidad.
Para calcularla por empleado, use la calculadora de doble sueldo: con el salario, la fecha de entrada y el tamaño de la empresa le da el monto y le aplica el tope.
Qué es la regalía pascual
Es el salario de Navidad del Título VII del Código de Trabajo, que en República Dominicana también se conoce como doble sueldo. La obligación es del empleador y no depende de lo que haya vendido la empresa en el año: el artículo 219 dice que está «obligado a pagar» y fija cómo se calcula. Todas las citas de esta guía salen del texto del Código de Trabajo que publica el Ministerio de Trabajo.
No es lo mismo que la participación en los beneficios de la empresa, que se rige por el artículo 223 y tiene sus propias reglas.
La fecha límite: el 20 de diciembre
El artículo 220 dice que el pago se hará «a más tardar el día veinte del mes de diciembre». En 2026 el 20 de diciembre cae domingo. El Código no dice qué pasa cuando la fecha cae en fin de semana, así que lo seguro es pagar antes: en la nómina del 15 o, a más tardar, el viernes 18 de diciembre.
Hay otra razón práctica para adelantarla. Diciembre es el mes de más gasto para su equipo, y la regalía pagada a tiempo es la que llega antes de las compras de Navidad, no después.
Cuánto se paga
La regalía es la duodécima parte del salario ordinario devengado en el año calendario (artículo 219). Para un empleado que trabajó el año completo con salario fijo, equivale a un mes de salario. Para el que entró durante el año, es lo devengado dividido entre 12.
- Un empleado con RD$40,000 al mes que entró el 1 de marzo de 2026 devengó diez meses: RD$400,000. Su regalía es RD$33,333.33.
- Un empleado con RD$60,000 al mes que trabajó todo el año devengó RD$720,000. Su regalía es RD$60,000.
Para la cuenta no entran las horas extraordinarias ni la participación en los beneficios (artículo 219).
El tope de cinco salarios mínimos
La regalía que la ley obliga a pagar no puede ser mayor de cinco salarios mínimos (artículo 219). En el sector privado no sectorizado, con las tarifas vigentes desde el 1 de febrero de 2026 según la Resolución CNS-01-2025 del Comité Nacional de Salarios, el tope queda así:
| Tamaño de la empresa | Salario mínimo mensual | Tope de la regalía (5 salarios) |
|---|---|---|
| Grande | RD$29,988.00 | RD$149,940.00 |
| Mediana | RD$27,489.60 | RD$137,448.00 |
| Pequeña | RD$18,421.20 | RD$92,106.00 |
| Micro | RD$16,993.20 | RD$84,966.00 |
Zonas francas, hoteles y restaurantes tienen resoluciones de salario mínimo propias, y el tope se calcula con la tarifa de su sector.
El tope es el mínimo que obliga la ley, no un límite para la empresa. El mismo artículo deja a salvo los usos de la empresa, lo pactado en un convenio colectivo y el derecho del empleador a pagar más. Y lo que pague por encima del tope también queda libre de ISR: lo aclara el párrafo que la Ley 204-97 añadió al artículo 222.
Quién tiene derecho
- Todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato ni el salario.
- Quien no trabajó todo el año la recibe en proporción al tiempo trabajado (artículo 220).
- Quien ya salió de la empresa también la recibe, aunque el contrato haya terminado antes de diciembre y sea cual sea la causa: renuncia, despido o desahucio (artículo 220).
Al terminar cualquier contrato, el empleador debe entregarle al trabajador una constancia escrita de lo que le corresponde por salario de Navidad (artículo 221). Si en el año tuvo salidas, revise que cada una tenga su constancia.
Lo que la regalía no lleva
- No paga ISR y no se puede gravar, embargar, ceder ni vender (artículo 222). No se le retiene impuesto, ni siquiera a los salarios altos que pagan ISR el resto del año. La retención del mes de diciembre se calcula sin ella; para el resto del salario use la calculadora de ISR.
- No cuenta para el preaviso, la cesantía ni la asistencia económica (artículo 219). Si en diciembre liquida a alguien, el salario diario de esas partidas se calcula sin la regalía. Los detalles están en qué es la cesantía y cómo se calcula.
Lista para el empleador antes del 18 de diciembre
- Saque la lista de todos los que trabajaron en 2026, incluidos los que ya no están.
- Sume lo devengado por cada uno en el año, sin horas extra.
- Divida entre 12 y aplique el tope de cinco salarios mínimos de su categoría.
- Confirme que cada persona que salió tiene su constancia escrita.
- Reserve los fondos con tiempo y programe el pago para la nómina del 15 o antes del viernes 18.
- Guarde el comprobante de cada pago.
Si su empresa ajusta el calendario de 2027 a la vez, tiene los feriados ya movidos en el calendario 2027 de República Dominicana.
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